Se derogó el DNU de Alberto Fernández que obligaba al Estado a contratar Nación Seguros

“El Decreto 747/24 firmado hoy por el presidente Milei deroga los decretos 1187/12, 1189/12, 1191/12 y 823/21, eliminando los privilegios de Nación Seguros, YPF, Banco Nación y Optar en las contrataciones públicas. Las empresas públicas deben servir a los ciudadanos y no servirse de ellos. Si estos privilegios, a su vez, servían para anidar corrupción o mantener a una casta política, deben ser desterrados”, aseguró el funcionario nacional a través de las redes sociales.

“Tan grotesco era el sistema que se contrataba a un “broker” para que logre una contratación que era obligatoria por ley. El Decreto 1191/12 obligaba a comprar los pasajes con la unidad básica camporista de Optar SA. El Decreto 1187/12 que obligaba a los empleados públicos a cobrar los sueldos en el Banco Nación impidiendo un ingreso por la gestión de esas cuentas que es un ahorro para el Estado, y el Decreto 1189/12 que obligaba a comprar combustible a YPF sin que el Estado pudiera compulsar precios más baratos. Todos estos decretos implicaban una transferencia de recursos del contribuyente a estas empresas. Eso se acabó”, justificó.

El gobierno nacional avanzó con esta derogación luego de que saliera a la luz un presunto entramado de corrupción que habría involucrado al expresidente y al productor de seguros Héctor Martínez Sosa, esposo de su secretaría de confianza María Cantero, en varias contrataciones realizadas por Nación Seguros, como ventas de pólizas a otros organismos estatales con sobreprecio.

En el artículo 1 del decreto publicado este miércoles, se establece lo siguiente: “Derogase los Decretos Nros. 1187/12, 1189/12, 1191/12 y 823/21″. De esta manera, quedará eliminada la obligatoriedad de contratar pólizas de seguros proveídas por el Estado. Sin embargo, desde el Gobierno revisarán los fondos que han sido destinados al pago de contratos y convenios actuales y pasados”.

De esta manera, la Administración Nacional, las empresas y sociedades del Estado, las sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria, las sociedades de economía mixta y todas aquellas organizaciones empresariales en donde el Estado posea una participación mayoritaria en el capital o en la formación de las decisiones societarias tendrán un plazo de 30 días para proveer a la Jefatura de Gabinete de la Nación y al Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado la documentación requerida.

 

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