El Gobierno reglamentó el cobro de atención médica a extranjeros no residentes

El Gobierno nacional oficializó el nuevo régimen que permite cobrar determinadas prestaciones de salud a extranjeros que no sean residentes permanentes y se atiendan en hospitales administrados por el Estado nacional.


La medida fue establecida mediante una resolución publicada en el Boletín Oficial y reglamenta los cambios introducidos previamente por el Gobierno en materia de atención sanitaria para personas extranjeras que se encuentran temporalmente en el país.

La normativa establece que los hospitales nacionales podrán cobrar por determinadas prestaciones médicas a quienes no tengan residencia permanente. El objetivo oficial es establecer un mecanismo para recuperar los costos de atención de pacientes que no forman parte del sistema de residencia permanente.

Sin embargo, existe una excepción central: las personas extranjeras no residentes no podrán ser rechazadas cuando se trate de una emergencia que implique un riesgo cierto e inminente para su vida.

En esos casos, la atención deberá garantizarse y luego podrán establecerse los mecanismos correspondientes para el cobro de las prestaciones, de acuerdo con las condiciones establecidas por la normativa.

En cambio, los extranjeros que cuentan con residencia permanente continuarán teniendo acceso al sistema público de salud en las mismas condiciones que los ciudadanos argentinos.

La decisión forma parte de una serie de cambios impulsados por la administración de Javier Milei en materia migratoria y de funcionamiento de los servicios públicos.

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